Nº1/2012 unirevista.es

 

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Unirevista.es, publicación digital de carácter académico que nace a principios de 2012 a raíz de la XVI Convocatoria de Proyectos de Innovación Docente e Investigación para la Mejora en Docencia Universitaria de la Universidad de Huelva, su objetivo princ

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unirevista.es e-revista interdisciplinar e interuniversitaria nº 1/2012 acción social desarrollo disruptores endocrinos derechos humanos educación diversidad funcional política erasmus reforma laboral distrito v evaluación interdisciplinar www.unirevista.es issn 2254-7169

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unirevista.es e-revista interdisciplinar e interuniversitaria nº1/2012 comité editorial teresa leal linares carmen cabrera benítez elisa muñoz catalán paula crespo grávalos adnaloy pardo rojas manuela Ángela fernández borrero mª Ángeles triviño garcía rocío fernández borrero revisores/as número 1 unirevista.es adnaloy pardo rojas ascensión alfaro martínez comité científico blanca Álvarez carpio ascensión alfaro martínez teresa belmonte garcía blanca Álvarez carpio carmen cabrera benítez teresa belmonte garcía alida carloni carmen cabrera benítez mª rocío fernández borrero alida carloni manuela fernández borrero paula crespo grávalos sebastián gonzález losada maría delgado león teresa leal linares

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saludos del editor estimado/a lector/a nos complace presentarle el primer número de la revista digital unirevista.es unirevista.es es una publicación digital de carácter académico que nace a principios de 2012 a raíz de la xvi convocatoria de proyectos de innovación docente e investigación para la mejora en docencia universitaria de la universidad de huelva su objetivo principal es poner en marcha una e-revista donde pueda publicar sus artículos el alumnado universitario y todo miembro de la comunidad universitaria y así conseguir estimular el pensamiento crítico se trata de una publicación abierta con clara vocación investigadora continuista y divulgativa donde prevalecen criterios de máxima calidad este número incluye once artículos de investigación dos historias de vida una entrevista y una recensión de un libro desde unirevista.es aprovechamos la ocasión para saludarle y esperamos que disfrute de esta primera edición de la revista digital carmen cabrera editora revista digital unirevista.es

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Índice artÍculos de investigaciÓn la protección internacional de los derechos humanos especial referencia a la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en el marco del siglo xxi por francisco josé garcía garrido pág.1 problemática que plantea la solidaridad la parciariedad y la divisibilidad desde el derecho romano por mª Ángeles pino pérez pág.10 reflexiones jurídicas sobre el derecho de los consumidores en tiempos de crisis por pablo belda simó pág.18 crisis derecho y política reflexiones por raquel justo gonzález y adrián l mérida gutiérrez pág.28 disruptores endocrinos un posible riesgo tóxico en productos de consumo habitual por eva maría moreno márquez y azucena núñez Álvarez pág.35 coberturas sociales españolas por juan antonio chacón castro pág.44 la experiencia bilingüe del sistema educativo en la educación del alumnado sordo desde el modelo venezolano aplicaciones y efectividad por pilar elisa biedma aguilera pág.47 seis años de camino hacia el progreso las pruebas de evaluación de diagnóstico en andalucía por laura de la cámara morera mª carmen díez gonzález sara gregori silva inés sayago lópez ana vicente estévez pág.57 el uso de la evaluación en los programas sociales por sandra aparicio gonzález laura martín rodríguez elena rivera borrero leticia tovar valle y maría vera rodríguez pág.66 tendencia educativa bilingüe y bicultural para la educación del sordo un nuevo camino hacia la inclusión

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por miriam robles gómez pág.76 el papel de la ética en la evaluación educativa por josé manuel lópez vela mª elena ordóñez perea y rocío rodríguez carlos pág.87 historias de vida y entrevistas erasmus un viaje que te cambia por carmela pellegrino pág.96 erasmus por la vida por roberta savarese pág.106 el plan integral del distrito v de la ciudad de huelva por mª rocío fernández borrero pág.111 recensiones con alas en los pies por inmaculada gómez hurtado pág.116

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la protección internacional de los derechos humanos especial referencia a la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en el marco del siglo xxi international protection of human rights special reference to the eimination of all forms of discrimination against women under the xxi century francisco josé garcía garrido licenciatura en derecho universidad de huelva huelva españa resumen la concepción de los derechos humanos pone de relieve la importancia de dar a conocer el nacimiento de la protección internacional a través de los estados para conseguir la eliminación de todo tipo de abusos por parte de terceros combatir la discriminación contra la mujer es uno de los principales objetivos del derecho internacional público que vela no solo por la coherencia de normas y principios establecidos sino por hacer efectivos los retos que se plantean en el presente trabajo pretendemos analizar cómo el progreso del derecho internacional y la globalización ha provocado un cambio de los factores que inciden en la concepción de los derechos humanos la discriminación puesta en juego al frente de la mujer presupone sucesivos tratados internacionales y algunas reservas que generan crítica para algunos autores en este sentido la declaración universal de los derechos humanos y de las naciones unidas regulan este tipo de peculiaridades y determinan la posición de la víctima en la esfera internacional palabras clave derechos humanos discriminación mujer globalización naciones unidas abstract the duman right s conception expose the importance to make known the source of international protection throw the states getting the elimination of every kind of abuses by third parties fighting the discrimination against the women is one of the main objective of the international public law what care about not even the coherence of stablished norms and principles but to make effective the raised challenges in this paper we try to analyze how the international law and globalization have generated a change in the incident factors of human rights conception the discrimination agains the women presuppose futures international affairs and some reserves getting critics in some authors in this way the united nations un s universal human right declaration regulate this kind of peculiarities and determinate the position of the victims in the international context key words human rights discrmination woman globalization united nations 1

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introducción mediante el presente trabajo pretendemos demostrar jurídicamente cómo la concepción de los derechos humanos se basa principalmente en las nociones del ser humano y las limitaciones a las que está sujeto el poder del estado como un fenómeno que se manifiesta a lo largo de la historia a día de hoy nos encontramos en una fase de internacionalización de los derechos humanos esto es una vez que la mayor parte de los ordenamientos jurídicos internos han continuado con el reconocimiento de los derechos y las libertades fundamentales se abre una nueva fase en la que los derechos humanos han sido la clave de protección de las organizaciones internacionales tanto de carácter universal como regional como vamos a tener ocasión de investigar aún en el siglo xxi continuamos en un proceso de internacionalización cuyo objetivo es la promoción de la protección de todos los derechos humanos que devienen de 1945 cuando finaliza la segunda guerra mundial y se crea la organización de naciones unidas en todo caso es con la sociedad de naciones cuando surge un movimiento a favor del reconocimiento internacional de los derechos humanos concepción de los derechos humanos en el proceso actual de globalización con los avances que se produjeron de mano de la sociedad de naciones diversos organismos fueron lanzando iniciativas sobre la necesidad de una garantía internacional de los derechos y libertades del ser humano una de las iniciativas más importantes fue la del instituto de derecho internacional idi que en 1921 creó una comisión presidida por andré mandelstam para estudiar la protección de las minorías de los derechos humanos durante la iiª guerra mundial como no podía ser de otra forma los derechos humanos no tenían concepto según rené brunet un amplio movimiento de opinión pública nacido en gran bretaña y estados unidos con el comienzo de las hostilidades creció incesantemente en fuerza y alcance a medida que avanzaba la guerra cientos de organizaciones políticas académicas religiosas mediante intervenciones extendieron la idea de que la protección de los derechos humanos debía ser uno de los objetivos de los aliados el fenómeno de la internacionalización de los derechos humanos tras la iiª guerra mundial puede atribuirse a las constantes violaciones ocurridas durante el régimen fascista que podrían haberse evitado si hubiera existido un sistema internacional de protección de los derechos humanos la conferencia de san francisco va a generar un rol fundamental para la inclusión de los derechos humanos en la carta de naciones unidas es por eso que la conciencia de elaboración de unos derechos civiles y políticos o derechos económicos sociales y culturales eran derechos ilusorios pues todas las grandes potencias rechazaron esta propuesta efectuada por panamá que creyó en los derechos humanos esenciales desde un primer momento los pueblos de las naciones unidas reafirmaban su fe en que los derechos fundamentales del hombre en la dignidad y el valor de la persona humana la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las grandes y pequeñas naciones obligaciones que rezan hoy día en el artículo 1.3 de la carta y en el cual se propone la inmersión de los estados para conseguir los objetivos planteados a partir de los años 70 aparece un conjunto de derechos humanos que tratan de responder a los retos más urgentes que tiene la comunidad internacional entre ellos se encuentran los del 2

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derecho al desarrollo el derecho a la paz el derecho de medio ambiente o el derecho a la asistencia humanitaria como dice karel vasak la lista de los derechos humanos nunca será una lista cerrada vasak k 1990 p 297 es por eso que un primer paso es el de crear una meta con el fin de conseguir un expansión de la conciencia humanitaria el actual proceso de globalización se caracteriza por ser un proceso generador de exclusión y una gran profunda desigualdad lo que conlleva consecuencias muy serias para la protección de los derechos humanos tanto civiles y políticos como económicos sociales y culturales esta concepción fue planteada por los jefes de estado y gobierno reunidos en la cumbre del milenio en nueva york en el año 2000 la asamblea general pretende una mundialización o globalización que sea plena o equitativa pues a día de hoy se está produciendo una desigualdad global en todos los países unos respecto de otros según el programa de las naciones unidas para el desarrollo otra consecuencia importante es la reducción del papel del estado y de las empresas transnacionales en este proceso de globalización por lo que se puede decir que · en primer lugar es algo lógico que la liberalización y desregulación de este fenómeno ha dado lugar a una reducción del papel de estado en el sistema económico y social dejando en manos del mercado sectores que hasta entonces habían estado cubiertos por el sector público aunque fueran derechos que les corresponden exclusivamente al estado en la medida en que el estado se ha ido retirando de determinados sectores los derechos económicos sociales y culturales se han ido resintiendo en segundo lugar las empresas transnacionales se han convertido en uno de los vehículos más importantes del actual proceso de globalización con unas actividades que están comenzando a suscitar serias dudas desde el punto del derecho internacional en el marco de los derechos humanos que están en desarrollo hasta ahora nos hemos centrado en los efectos perjudiciales de la globalización para los derechos humanos sin embargo la globalización dubois a 1997 pp 67-84 puede llegar a dotar de posibilidades y oportunidades para la extensión de los derechos humanos con una consecuencia positiva para la expansión de una cultura universal en materia de derechos humanos sobre derechos civiles políticos económicos sociales y culturales otro de los aspectos importantes en los que incide esta globalización es la del principio de jurisdicción universal en la protección internacional de los derechos humanos referido ya en la declaración universal de los derechos humanos de 1948 art 28 desde la paz de westfalia de 1648 el principio de jurisdicción territorial ha sido algo muy discutido en el sentido de que el ejercicio de la jurisdicción por los estados estaba limitada por las fronteras nacionales un caso extremo de crimenes contra la humanidad en materia de derechos humanos es la sentencia de 11 de julio de 1996 del tribunal internacional de justicia de la haya caso bosnia vs república federal de yugoslavia reconoció expresamente el derecho de los estados a ejercer la jurisdicción universal en materia de genocidio el principio de jurisdicción universal en este punto nace como consecuencia di se aplicación práctica por parte de los tribunales de diversos países españa 3 · · · ·

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por ejemplo ha aplicado dicho principio con el fin de resolver determinados procesos judiciales por crímenes cometidos en países como chile guatemala o argentina las naciones unidas y los derechos humanos en la declaración universal de derechos humanos ideas generales las naciones unidas pensaron en la elaboración de un instrumento que concretase las disposiciones de la carta de nnuu de 1945 y ese fue el objetivo principal de las nnuu al principio la comisión de derechos humanos se planteó aprobar una adecuada protección internacional de los derechos humanos a través de una declaración un pacto de derechos humanos y por último una serie de medidas para poner en práctica estos derechos reconocidos sin embargo esto fue una tarea demasiado grande para las naciones unidas teniendo que optar por un objetivo más accesible como era el de crear una declaración de la asamblea de nnuu sin valor jurídico y no vinculante para los estados contenido de la declaración el 10 de diciembre de 1948 tuvo lugar la aprobación en el palacio de chaillot de parís la declaración universal de los derechos humanos por la asamblea general de naciones unidas sobre la mesa de la asamblea general de nnuu se pusieron todos los problemas para la aprobación de esta declaración dándose una votación final que contó con 48 votos a favor 8 abstenciones de entre ellos honduras y yemen y ninguno en contra la declaración contaría con un reflejo de la pugna ideológica que se produjo entre el bloque soviético y el bloque occidental estadounidense y una consecuencia de la guerra fría aquí se peleaban dos frentes el socialista y el capitalista respectivamente uno basado en las libertades individuales y otro en los derechos económicos sociales y culturales en manos del jurista gros espiell la declaración universal pretendió presentar una concepción universal un ideal común a la humanidad entera de los derechos humanos elevándose en un mundo dividido sobre las distintas ideologías y los opuestos criterios sobre su origen y naturaleza gros espiell h 1988 p 30 en el preámbulo de la declaración universal de los derechos humanos se contienen las principales líneas que marcan los derechos humanos así como una idea básica de la misma el preámbulo fue redactado al final es decir una vez que se conocían todos los derechos humanos que iban a figurar en el texto de la declaración en el preámbulo se contienen las cuatro libertades que son la libertad de palabra y pensamiento la libertad de religión la libertad ante la necesidad y la libertad ante el miedo cuando roosevelt afirma la libertad ante la necesidad se refiere a lo que se conoce como los derechos económicos sociales y culturales de los que fue su gran impulsor sin embargo el preámbulo de la declaración no se centraba sólo en eso sino en la unidad de la familia humana y de ahí que se consideren básicos los principios de libertad justicia y paz que tienen por base el reconocimiento de la dignidad inherente y los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana y de nosotros 4

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con este preámbulo de lo que se trata es de alertar a los graves atentados cometidos contra los derechos humanos a lo largo de la ii guerra mundial es este preámbulo el que considera que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público esta voluntad se expresa mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto esto es lo que recoge el artículo 21.3 de la declaración conclusión que los redactores de la misma entendieron por creación de un régimen de derecho para garantizar los derechos humanos de manera efectiva en cuanto a los derechos y libertades de orden personal artículo 3 a 11 de la declaración hay que afirmar que son los derechos más relevantes desde una óptica personal íntima se dice que todos somos iguales ante la ley y tienen sin distinción derecho a igual protección por la ley todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta declaración y contra toda provocación a tal discriminación no sólo se requiere de una protección al derecho a la vida sino a la libertad a la justicia a la seguridad personal porque el derecho a la vida es una derecho básico y si el derecho a la libertad o a la seguridad personal es algo ilusorio ningún sentido tiene defender la vida por encima de cualquier injerencia tortuosa o penas crueles e inhumanas y degradantes como prevé el artículo 6 de la declaración6 sin duda alguna el artículo más importante de la declaración de los derechos humanos es el artículo 22 un artículo base y que marca las directrices generales de todos los derechos consignados en el texto de la declaración toda persona como miembro de la sociedad tiene derecho a la seguridad social a obtener mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional habida cuenta de la organización y los recursos de cada estado la satisfacción de los derechos económicos sociales y culturales indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad análisis jurídico de los derechos humanos en el convenio europeo el convenio europeo fue firmado en roma el 4 de noviembre de 1950 y entró en vigor el 3 de septiembre de 1953 como un medio para la salvaguardia de los derechos humanos y las libertades fundamentales la referencia a la garantía colectiva de algunos de los derechos enunciados en la declaración universal es importante pues el establecimiento de un relevante mecanismo institucionalizado de garantís con el fin de asegurar el respeto efectivo de las obligaciones asumidas por los estados parte es la referencia más distintiva del convenio europeo de derechos humanos el convenio ha sido completado con un gran número de protocolos a partir de 1952 en dicho convenio se reconocían derechos como el derecho a la vida el derecho a no ser sometido a tortura penas o tratos inhumanos o degradantes el derecho a no ser sometido a esclavitud servidumbre o trabajos forzados el derecho a la libertad y a la seguridad y los derechos del detenido el derecho a un proceso equitativo y a la presunción de inocencia el derecho a no ser condenado por una acción u omisión que no constituya un delito según el derecho nacional o el derecho internacional y el derecho a que la ley penal no tenga efectos retroactivos el derecho al respeto de a vida privada y familiar a la libertad de pensamiento conciencia y religión etc 5

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algunos de estos derechos pueden ser objeto de restricciones así como los derechos reconocidos en los artículos 8 a 11 del convenio las restricciones que se impongan a los derechos y libertades reconocidos no podrán ser aplicadas más que con la finalidad para la que hubiesen sido previstas caben entonces limitaciones en el ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en el convenio pero tienen que estar previstas en la ley responder a una finalidad legítima y ser necesarias en una sociedad democrática no todos los estados parte del convenio están vinculados jurídicamente por los diferentes protocolos adicionales normativos con lo que el conjunto del sistema no opera de manera homogénea pues los estados parte no han asumido las mismas obligaciones jurídicas es cierto que no va a existir un auténtico ius commune europeo de derechos humanos hasta que todos los estados miembros del consejo de europa sean a la vez partes en el convenio y en todos los protocolos adicionales que han ido desarrollando mediante la ampliación progresiva de la lista de derechos y libertades protegidos esto también ocurre en el supuesto de que los estados parte formulen reservas y declaraciones interpretativas a propósito de una disposición particular del convenio en la medida en que alguna de las leyes en vigor en su territorio esté en desacuerdo con dicha disposición lo más característico del convenio europeo de derechos humanos es la instauración de un mecanismo institucionalizado de garantía jurisdiccional integrado por tres mecanismos que son la comisión europea de derechos humanos el tribunal europeo de derechos humanos y el comité de ministros del consejo de europa naturaleza de la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer introducción la inclusión de los derechos humanos es algo reciente y proviene de las revoluciones liberales que nacen en europa y américa del norte a finales del xviii ello no quiere decir que antes del siglo xviii no se produjesen determinados intentos de ir reconociendo algunos derechos humanos sin embargo esta declaración no se refiere a los derechos de las mujeres sobre todo en lo que las hace partícipes en la vida política y por tanto el no reconocimiento de su derecho a la participación política implicaba una contradicción evidente con los principios revolucionarios y con el principio de igualdad de derechos fernández e 1992 p 148 del impulso revolucionario francés empiezan a surgir voces que reclaman una presencia de los derechos de la mujer y algunos autores que marcan esta tendencia son condorcet u olympe de gouges con su declaración sobre los derechos de la mujer y la ciudadana de 1971 inglaterra también participará en esta preocupación por la participación de la mujer el propio derecho internacional de los derechos humanos todo el conjunto de normas jurídico-internacionales que tratan de proteger los derechos humanos se ha desarrollado para reflejar las experiencias de los hombres y excluir la de las mujeres a razón de la marginación de las mujeres es que en los ámbitos en los que se crean las normas internacionales los estados y las organizaciones internacionales tiene atribuidos muy pocos puestos de trabajo a mujeres y de ahí que los hombres acabaran dominándolo todo tras intensas negociaciones el 17 de diciembre de 1979 se procedía a la aprobación de la convention on the elimination of all forms of discrimination against women de la mano de la asamblea general de las nnuu 6

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entrando en vigor dos años más tarde en esta convención se establecen las diferentes medidas a adoptar por parte de los estados para alcanzar el reconocimiento del principio de no discriminación en el mismo preámbulo los estados señalan cuál es el objetivo básico de la convención cuando se declaran resueltos a aplicar los principios enunciados en la declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer y para ello adoptar medidas necesarias a fin de suprimir esta discriminación en todas sus formas y manifestaciones hacia la eliminación de las formas de discriminación contra la mujer pero ¿qué se entiende por discriminación contra la mujer pues toda distinción exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento goce o ejercicio por la mujer independientemente de su estado civil sobre la base de la igualdad de hombre y la mujer de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política económica social cultural y civil o en cualquier otra esfera artículo 1 de la cedaw de 1979 entrada en vigor el 3 de septiembre de 1981 los estados partes tendrán que condenar toda discriminación contra la mujer en todas sus formas a través de los medios necesarios sin dilaciones una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y para conseguir ese propósito se comprometen a todo un conjunto de medidas que va a ser detalladas a lo largo de la convención ¿existen problemas en este sentido como no podía ser de otra forma uno de los problemas que se plantean es el de las reservas que los estados miembros han efectuado respecto a determinadas disposiciones provocando que la cedaw se convierta en el tratado internacional de derechos humanos con el número más elevado de reservas que van en contra del propósito de la convención cuando se mencionan los mecanismos de protección de los derechos de las mujeres establecidos en la cedaw hay que señalar que son mecanismos mucho más débiles que los que figuran en otros tratados internacionales de derechos humanos la debilidad de los mecanismos de protección de los derechos de las mujeres ha sido el principal motivo por el cual desde principios de los años 90 se está reclamando una ampliación de esos mecanismos objetivo que por cierto es el del protocolo facultativo a la cedaw el protocolo facultativo a la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer introduce una serie de mecanismos de protección en primer lugar una de las cuestiones más discutidas es la de os mecanismos de protección de los derechos de las mujeres y de entre ellos el de introducir un procedimiento de investigación de oficio por parte del comité sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer finalmente desechados algunos mecanismos que no han tenido importancia alguna en el plano internacional se incluyen algunos procedimientos de comunicación individual y un procedimiento de investigación en el primer procedimiento el problema que se platea es quién tiene legitimación activa para plantear ante el comité sobre eliminación de la discriminación contra la mujer una comunicación individual es decir el problema es el de determinar si alguien en nombre de la víctima puede presentar una comunicación individual ante el comité el miedo de algunos países como méxico marruecos egipto colombia cuba o china es el de que organizaciones no gubernamentales de carácter internacional puedan plantear este tipo de recursos en nombre de las víctimas ante el comité sobre eliminación de la discriminación contra la mujer debido a la fueza jurídica que algunas poseen 7

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en cuanto al segundo el procedimiento de investigación es una de las cuestiones más sensibles para varias delegaciones por las implicaciones que puede tener un procedimiento de estas características cuba china o la india han sido los países que más se han opuesto a la introducción del procedimiento de investigación este procedimiento de investigación es un mecanismo de protección de los derechos de las mujeres bastante exigente con los estados dado que otorga amplias facultades al comité sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer para iniciar investigaciones en aquellos países en los que estima que se están cometiendo violaciones graves o sistemáticas de los derechos de las mujeres una última cuestión importante que ha marcado el carácter problemático que se discutió en el grupo de trabajo es la de si cabría hacer reservas o no al protocolo facultativo de la cedaw para muchas delegaciones como por ejemplo la española era fundamental que el protocolo no permitiese la posibilidad de introducir reservas ya que ello podría desvirtuar en gran medida la finalidad del protocolo que es el de potenciar la eficacia de la cedaw finalmente el protocolo facultativo a la cedaw prohíbe expresamente la posibilidad de formular reservas lo que constituye sin ningún género de dudas uno de los aspectos más positivos del protocolo dado que puede suponer un buen precedente para futuros desarrollos del derecho internacional de los derechos humanos y así es como lo establece el artículo 17 del protocolo conclusión en suma las nnuu ha jugado un papel muy importante en el reconocimiento de los derechos humanos y especialmente los derechos de las mujeres en el ámbito internacional en este proceso la aprobación de la cedaw en 1979 supuso el colofón de las aspiraciones de millones de mujeres en todo el mundo hundidas por la desgraciada situación de limitación a la que se encontraban sujetas podemos concluir nuestra exposición afirmando que la aprobación de un protocolo facultativo a la cedaw fortalece los mecanismos de protección de los derechos de las mujeres situando a la convención en uno de los tratados más importantes que han sido aprobados en el seno de las nnuu dichos mecanismos van a obligar a los estados a que ratifiquen el protocolo a emprender importantes esfuerzos en orden a una mejor y más efectiva aplicación de la cedaw como medio para impedir verse llevados ante el comité sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer en este sentido concluimos nuestro trabajo con una frase personal que entendemos que resume las ideas que hemos venido planteando a lo largo de nuestra investigación y que nos sirve para finalizar nuestro artículo y que dice así cuando una mujer pierde la libertad el hombre nunca la recupera referencias bibliográficas vasak k 1990 les différentes catégories des droits de l homme les dimensiones universelles des droits de l homme unesco-bruy de dellant bruxelles 297 dubois a 1997 término referido en una globalización sesgada mientras tanto 70 gros h 1988 estudios sobre derechos humanos ii madrid instituto interamericano de derechos humanos civitas madrid 8

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beuchot m 1994 los fundamentos de los derechos humanos en bartolomé de las casas barcelona anthrophos fernández e 1992 los derechos de las mujeres madrid tecnos carrillo j 1993 vers la rèforme du systeme de contrôle institué par la convention européenne des droits de l`homme revue génerale de droit international public 629643 portal oficial de la unión europea 2012 recuperado el 1 de mayo de 2012 de http europa.eu/index_es.htm diario oficial de la unión europea 2012 recuperado el 16 de mayo de 2012 de http eur-lex.europa.eu/es/index.htm manual de legislación europea contra la discriminación 2010 recuperado el 30 de abril de 2012 de http www.echr.coe.int/nr/rdonlyres/11a2863f-daa4-4b51-892fb204f29380fe/0/spa_fra_case_law_handbook.pdf artículo concluido el 30 de mayo de 2012 garcía f 2012 la protección internacional de los derechos humanos especial referencia a la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en el marco del siglo xxi unirevista.es 1 9

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