Anexo S

 

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s obligaciones de seguridad salud ocupacional y protecciÓn ambiental de services interlab de mÉxico s a de c v al realizar actividades en instalaciones petroleras y mineras 0 objetivo y alcance el presente anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de seguridad salud ocupacional y protección ambiental que deben cumplir services interlab de mÉxico s a de c v en lo sucesivo silm y su personal con el fin de evitar incidentes y accidentes en las instalaciones petroleras de pemex los requerimientos generales y los requerimientos específicos de este anexo s que se listan en el formato 4 del mismo son de cumplimiento obligatorio para el contrato i definiciones para los efectos del presente anexo se considerarán las definiciones contenidas en la constitución política de los estados unidos mexicanos ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas la ley de adquisiciones arrendamientos y servicios del sector público la ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente la ley federal del mar la ley de navegación la ley federal del trabajo la ley general para la prevención y gestión integral de los residuos y sus reglamentos en el reglamento federal de seguridad e higiene y medio ambiente de trabajo así como las siguientes 1.1 accidente industrial evento o combinación de eventos inesperados no deseados que alteran el funcionamiento normal de las instalaciones del proceso o de la industria acompañado o no de daño al ambiente a las instalaciones o a las personas en su integridad física 1.2 accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional inmediata o posterior o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo cualquiera que sea el lugar y tiempo que se presente quedando incluidos los que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio a su trabajo y de este a su hogar 1.3 accidente de trabajo con pÉrdida de tiempo es el que origina uno o más días de incapacidad del trabajador o la muerte 1.4 agente elemento con características físicas químicas biológicas o psicosocial cuya presencia en el medio interactúa con el organismo humano causando efecto molecular bioquímico celular en los tejidos u órganos 1.5 Área de riesgo los lugares donde se puedan suscitar los eventos que de forma enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación a se procesen manejen o existan de modo continuo o periódico gases o líquidos inflamables o tóxicos b existan combustibles líquidos o sólidos capaces de generar un incendio o explosión c se cuente con instalaciones o equipos que operen a altas presiones o temperaturas d se realicen actividades en las cuales se manejen materiales incluidos en el primero y segundo listados de actividades altamente riesgosas publicadas en el diario oficial de la federación el 28 de marzo de 1990 y el 04 de mayo de 1992 respectivamente e se manejen residuos peligrosos f se operen instalaciones o equipo que se encuentre a mas de 2 metros de altura de una plataforma o excavaciones a mas de 1.20 metros de profundidad o 0.30 metros en zonas donde exista la posibilidad de encontrar o afectar servicios subterráneos túneles y pozos en general g se operen instalaciones o equipo de energía eléctrica de alta tensión pagina 1 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s h se cuenten con instalaciones o equipo que genere ruido vibración radiación ionizante o radiación térmica por arriba de los límites permisibles establecidos por la normatividad en la materia i se realicen actividades de disparos en pozos petroleros j donde se almacenen explosivos solventes combustibles y productos químicos k espacios confinados i.6 asnt american society for non destructive testing sociedad americana de pruebas no destructivas i.7 atlas de riesgo documento en el que se registran los agentes condiciones o circunstancias capaces de generar deterioro a la salud por exposición de los trabajadores i.8 cfr code of federal regulations código de regularizaciones federales de los estados unidos de norteamérica i.9 cna comisión nacional del agua i.10 condiciones de trabajo conjunto de variables que influyen en la realización de una tarea y el entorno en que esta se realice i.11 conocer consejo de normalización y certificación de competencia laboral i.12 edificio administrativo es cualquier construcción con jurisdicción del cliente propiedad o rentada cuto uso esta destinado a la función administrativa se incluyen en esta definición las edificaciones que alojan oficinas hospitales clínicas consultorios archivos bibliotecas hemerotecas auditorios almacenes de materiales bodegas estacionamientos escuelas centros de integración familiar centros de desarrollo infantil y cualquier otra de uso similar i.13 equipo de protecciÓn personal es el conjunto de aparatos y accesorios fabricados especialmente para ser usados en diversas partes del cuerpo con el fin de impedir lesiones y enfermedades causadas por agentes a que están expuestos los trabajadores i.14 equipo productor de flama o chispa es aquél capaz de producir chispas o flamas o que emite energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables combustibles i.15 exposiciÓn es el conjunto de medidas que determinan la cantidad la vía la frecuencia y el tiempo en el que un agente penetre al cuerpo del trabajador i.16 higiene industrial es el conjunto de actividades que tienen por objeto el reconocimiento la evaluación y el control de aquellos agentes o condiciones presentes en el ambiente laboral por cuya acción continuada se puedan generar enfermedades de trabajo i.17 instalaciones petroleras son aquellos edificios estructuras barcos y en general toda infraestructura propia arrendada o que le presten servicios a pemex exploración y producción en los que se desarrollen alguna o algunas de las actividades de la industria petrolera que se mencionan en el artículo 3° de la ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo así como las áreas y terrenos propios o en los cuales éste tenga derechos de ocupación en las que se desarrollen las actividades mencionadas de la industria petrolera o las relacionadas a las mismas como pueden ser construcción mantenimiento almacenamiento y manejo de materiales y residuos entre otros i.18 instalaciÓn petrolera marina es aquella instalación petrolera localizada en zonas marinas mexicanas i.19 instalaciÓn petrolera terrestre aquella instalación petrolera localizada en el territorio nacional en un sitio diferente a la zona marina mexicanas i.20 manual de sistema de permiso para trabajo documento que describe en detalle el sistema de permisos para trabajos que por el riesgo que representan lo requieren está dirigido principalmente a los signatarios de los permisos y define cuando es necesario utilizar un permiso para trabajo el proceso de aprobación y el control a seguir para la realización del trabajo motivo del permiso pagina 2 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s i.21 marpol convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques i.22 material peligroso elementos sustancias compuestos o mezclas de ellos que independientemente de su estado físico representen un riesgo para el ambiente y la salud i.23 matachispas dispositivo de seguridad para impedir la emisión de chispas i.24 normas internacionales la norma lineamiento o documento normativo que emite un organismo internacional de normalización u otro organismo internacional relacionado con la materia reconocido por el gobierno mexicano en los términos del derecho internacional i.25 norma de referencia nrf la norma emitida por el comité de normalización de pemex y organismos subsidiarios conforme al artículo 67 de la ley federal sobre metrología y normalización debe aplicarse en su última versión vigente a la fecha en la que se realicen los trabajos o actividades i.26 pemex petróleos mexicanos i.27 pep pemex exploración y producción i.28 permiso de trabajo documento oficial utilizando para controlar el trabajo que ha sido identificado con un riesgo potencial mismo que debe cumplir con lo que establece el manual de sistema de permiso para trabajo i.29 plan de respuesta a emergencias conjunto de instrucciones y acciones predeterminadas para la instalación o centro de trabajo de ejecución inmediata a realizarse internamente en la instalación las cuales tienen la finalidad de inhibir o mitigar las consecuencias que podrían presentarse en el caso de una emergencia i.30 plato testigo muestra diaria de la comida que se suministrará en el comedor i.31 residuo cualquier material generado en los procesos de extracción beneficio transformación producción consumo utilización control o tratamiento cuya característica no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó i.32 residuo peligroso todos aquellos residuos en cualquier estado físico que por sus características corrosivas reactivas tóxicas inflamables o biológico infecciosas representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente i.33 riesgo probabilidad de que ocurra un daño al personal al ambiente a las instalaciones o al proceso productivo i.34 salud ocupacional es la aplicación de estrategias técnicas y actividades multidisciplinarias para identificar evaluar y controlar los riesgos a la salud de los trabajadores i.35 semarnat secretaría del medio ambiente y recursos naturales i.36 sistema de permiso para trabajo mecanismo establecido por pemex para proporcionar instrucciones escritas y autorizar al personal a realizar trabajos con riesgo potencial a través de permisos i.37 ss secretaría de salud i.38 trabajo con riesgo potencial es aquel que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella con equipo que produce calor flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases vapores o líquidos inflamables así como aquellos trabajos efectuados en altura o en lugares confinados y en general todo aquel que por su naturaleza o por las condiciones del área donde se ejecutan sus alrededores o los materiales que se manejen durante su realización motivan una probabilidad de daño al personal a terceros ambiente o a las instalaciones i.39 vertimiento es toda evaluación deliberada en el mar lagunas ríos pantanos entre otros cuerpos de agua por desechos u otras materias efectuadas desde buques aeronaves y las que realicen por estos medios las plataformas y otras estructuras ii requerimientos generales ii.1 todo el personal de silm debe observar lo siguiente pagina 3 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s a conocer el contenido de este anexo b considerar los costos que tendrá que erogar para cumplir con lo estipulado con el presente anexo en caso de resultar con la adjudicación del contrato y durante la vigencia del mismo c acatar el contenido de este anexo así como hacerlo del conocimiento de todo su personal que desempeñará actividades en instalaciones del cliente y asegurarse que dicho personal cumpla con el mismo d considerar que los planes procedimientos informes evidencias documentales personal trabajos actividades permisos autorizaciones programas cursos de capacitación o entrenamiento y todo lo establecido en los diferentes requerimientos del presente anexo son específicos al alcance del contrato e para poder iniciar los servicios o trabajos motivo del contrato se debe cumplir con las obligaciones establecidas en los incisos iii.1.3 iii.1.16.1 iii.1.16.1.2 iii.3.5.2 iii.3.7.1 y iii.3.8.1 del presente anexo s ii.2 silm cumple con las obligaciones de seguridad salud ocupacional y protección ambiental estipuladas en el presente anexo y en la normatividad vigente en esas materias para lo cual se debe presentar un plan de acción integral o un plan por cada materia al inicio del contrato dicho plan de acción debe ser específico a los alcances del contrato debe incluir la identificación de los impactos ambientales y los riesgos asociados a los trabajos a desarrollar las acciones que se realizarán para mitigarlos la normatividad aplicable en esas materias y las acciones que se realizarán para su cumplimiento cuando se especifique en el anexo b1 o en otro anexo del contrato dicho plan de acción debe ser conforme a las guías que ahí se estipulen y debe presentarse y desarrollarse en los plazos que en dichos anexos se especifiquen ii.3 cuando se tenga que entregar o solicitar información o reportes conforme al presente anexo durante la ejecución del contrato dirigirse al supervisor o residente excepto en los casos en los que se indique algo diferente en el presente anexo ii.4 silm comunica por escrito o personalmente a la máxima autoridad del cliente de la instalación al supervisor o residente del contrato o al personal de seguridad industrial los actos o condiciones inseguras anomalías o irregularidades que durante su permanencia dentro de instalaciones petroleras y mineras observe o identifique cuando aquellas puedan poner en peligro la integridad de las personas el ambiente o las instalaciones ii.5 silm interrumpe y reprograma sus tareas sin que ello signifique ampliación del plazo cuando el supervisor público de mayor rango de la instalación el supervisor o residente o el personal de seguridad industrial del cliente lo soliciten por el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente anexo s o por motivos de seguridad o protección ambiental sin responsabilidad o cargo para el cliente y en el entendido de que sólo se permitirá que se realicen o reinicien dichas tareas hasta que se cumplan las obligaciones que motivan la interrupción de las mismas o se restauren las condiciones de seguridad o protección ambiental ii.6 silm reparar los daños o afectaciones que ocasione dentro y fuera de las instalaciones petroleras y mineras cumpliendo con la normatividad vigente o las indicaciones de la autoridad competente sin cargo para el cliente ii.7 silm se compromete a que su personal no fume en las instalaciones petroleras y mineras excepto en las áreas autorizadas y delimitadas para ese fin ii.8 silm acata las órdenes instrucciones e indicaciones que emita el cliente en materia de seguridad salud ocupacional y protección ambiental sin perjuicios de las demás disposiciones legales que esta obligado a cumplir pagina 4 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s ii.9 silm aplica sus procedimientos para la ejecución de los trabajos objeto del contrato sometiéndolos previamente a la validación del cliente y a la autorización del representante legal de la compañía ii.10 capacitaciÓn ii.10.1 silm cuenta con personal capacitado y adiestrado en materia de seguridad salud ocupacional y protección ambiental acorde con la naturaleza de los trabajos que realice por motivo del contrato y presentar evidencias de dicha capacitación antes de realizar dichos trabajos ii.10.2 silm orienta a su personal que por primera vez ingresa a una instalación petrolera y mineras o a borda un barco o un helicóptero en lo concerniente a equipos de seguridad protección ambiental seguridad física conducta y registro en la instalación o medio de transporte productos que no pueden ingresarse a la instalación y en general sobre todos los requerimientos del presente anexo s que deba conocer dicho personal para cumplir con el mismo ii.10.3 silm otorga facilidades a su personal que labora dentro de las instalaciones petroleras o mineras para que sean instruidos por el cliente cuando este lo requiera en lo relativo al presente anexo imparte pláticas para el personal que ingresa por primera vez a las instalaciones petroleras y mineras o a cualquier otra en materia de trabajo con riesgo seguridad salud ocupacional y protección ambiental ii.10.4 silm cuenta con planes y programas de capacitación previamente presentados a la secretaría del trabajo y previsión social stps o aprobados por la misma para capacitar a sus trabajadores sobre los riesgos de trabajo inherentes a sus labores motivo del contrato y las medidas preventivas para evitarlos así mismo cuenta con los planes y programas de capacitación correspondientes en materia de protección ambiental durante el desarrollo del contrato ii.10.5 silm instruye a sus trabajadores en lo relativo al manejo de los residuos que genere por el desempeño de sus labores motivo del contrato ii.11 seguridad industrial ii.11.1 equipo de protección ii.11.1.1 el personal de silm debe portar y utilizar correctamente el equipo de protección personal el que se establece en el presente anexo o en los otros anexos del contrato al trabajar o permanecer en las instalaciones petroleras o mineras ii.11.1.2 silm utiliza equipo de protección personal en buen estado con uniforme y casco con el logotipo de su compañía y sin el logotipo del cliente y organismos subsidiarios el cual debe ser especifico para las actividades a desempeñar y debe cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en las normas de referencia de pemex correspondiente o de no existir éstas con la normatividad oficial vigente ii.11.2 registro y notificación de accidentes ii.11.2.1 silm informa al supervisor o residente del cliente remitiendo copia al Área de sipa dentro de los primeros cinco días de cada mes su estadística de accidentes de trabajo por motivo del contrato por medio del formato 1 del presente anexo ii.11.2.2 silm proporciona al inicio del contrato el nombre del responsable de reportar las estadísticas de accidentabilidad mencionadas en el punto anterior utilizando el formato 2 del presente anexo ii.11.2.3 silm notifica los accidentes dirigiéndose a la máxima autoridad o personal de seguridad industrial de la instalación del cliente o centro de trabajo donde ocurra dicho accidente y al supervisor o residente esto debe realizarse inmediatamente por teléfono o radio y por escrito dentro de las 24 horas siguientes llenando el formato 3 del presente anexo reporte de accidentes industriales o de trabajo de proveedores o contratistas los accidentes que deben reportarse son los ocurridos sin pérdida de tiempo accidente con pérdida de tiempo de tránsito industriales y ecológicos ii.11.3 investigación de accidentes pagina 5 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s ii.11.3.1 silm otorga las facilidades necesarias a efectos de que se realicen las investigaciones de accidentes que nuestro cliente considere convenientes o necesarios ii.11.3.2 silm participar en la investigación y análisis de los accidentes relacionados con los trabajos objetos del contrato cuando se les solicite ii.11.3.3 silm realiza los pagos por concepto de las pruebas y análisis de los materiales y equipos utilizados por el proveedor o contratista involucrado o relacionado con un accidente cuyas causas le sean imputables sin cargo para el cliente ii.11.4 señalización ii.11.4.1 silm obedece y respeta las señalizaciones prohibidas o restrictivas así mismo atiende las informativas que se tengan en las instalaciones petroleras o mineras ii.11.5 orden y limpieza ii.11.5.1 silm mantiene en condiciones limpias y ordenadas sus áreas de trabajo ii.11.5.2 a la entrega-recepción de la obra o servicio el lugar donde se ejecutaron los trabajos debe estar en condiciones limpias libre de materiales residuos equipo sobrante y sin afectaciones al terreno estructuras o instalaciones ii.11.6 respuesta a emergencias ii.11.6.1 silm participa en la práctica de simulacros que el cliente establezca para las instalaciones donde realice sus actividades ii.11.6.2 silm solicita a la máxima autoridad de la instalación petrolera y mineras o al supervisor o residente que se le indiquen las rutas de escape puntos de reunión y salidas de emergencia de dicha instalación al ingresar por primera vez a la misma ii.11.6.3 silm colabora en la atención de emergencias que se tengan que llevar a cabo en la instalación donde desempeñen sus actividades cuando se le solicite y bajo la coordinación de personal del cliente ii.12 salud ocupacional ii.12.1 silm controla la salud ocupacional de sus trabajadores previene y controla las enfermedades y adicciones cumpliendo con el reglamento de seguridad e higiene y medio ambiente de trabajo la ley general de salud y las normas oficiales en la materia ii.12.2 silm cumple con las jornadas de trabajo del personal en instalaciones petroleras o mineras que se establecen en los otros anexos del contrato ii.12.3 silm previene y controla la emisión de agentes que puedan afectar la salud del ser humano para lo cual debe implementarse las medidas de mitigación que sean necesarias ii.12.4 el personal de silm acata y cumple los requerimientos de salud ocupacional exigidos por la secretaría de salud y la secretaría de trabajo y previsión social que establecen las regulaciones en la materia así como los estipulados en el contrato y cuando así se le solicite proporciona al cliente la evidencia documental de dicho cumplimiento ii.12.5 silm cuenta con programas que aplica para la vigilancia médica del personal que labora en instalaciones petroleras o mineras principalmente cuando se realizan actividades que de manera enunciativa pero no limitativa se mencionan a continuación trabajos relacionados con soldadura y corte radiaciones ionizantes ruido y vibraciones o cuando el trabajador esté expuesto a condiciones térmicas extremas sobreesfuerzo muscular presiones ambientales anormales o sustancias químicas contaminantes así mismo aplica programas de control de drogas y alcohol a todo su personal ii.2.6 silm cuenta con un manual y botiquín de primeros auxilios que incluye los medicamentos de curación antídotos y materiales específicos para los riesgos potenciales del área o trabajos motivo del contrato adicionalmente cuando su personal que labora en uno o varios frentes de trabajo dentro de instalaciones petroleras es entre 15 y 49 trabajadores cuenta además con una brigada de primeros pagina 6 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s auxilios integrada con dichos trabajadores debidamente entrenados cuando dicho personal sea entre 50 y 99 trabajadores adicionalmente a lo anterior cuenta con al menos un paramédico en dichas instalaciones cuando el número de trabajadores sea 100 o más cuenta también con un médico cuando menos en dichas instalaciones ii.13 protecciÓn ambiental ii.13.1 autorizaciones y permisos ii.13.1.1 silm proporciona las evidencias documentadas de las autorizaciones y permisos la información y documentación de soporte que las leyes reglamentos normas y los anexos del contrato exijan para la realización de las actividades motivo del mismo así como las del cumplimiento de los requisitos que las autoridades o dicha normatividad establezcan para obtener las autorizaciones y permisos mencionados ii.13.1.2 silm respeta las indicaciones del cliente sobre el uso de suelo de las áreas predios o instalaciones petroleras o mineras ii.13.2 agua ii.13.2.1 silm no realizar vertimientos al mar ríos lagunas pantanos u otros cuerpos de agua de materiales tales como los que se señalan a continuación plásticos textiles material sintético vidrio metales losa equipaje materiales de recubrimiento así como todos aquellos materiales que prohíbe la ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en el anexo i de su reglamento para prevenir y controlar la contaminación del agua por vertimiento de deshechos y otras materias ii.13.3 atmósfera ii.13.3.1 silm no utiliza o suministra equipos que contengan clorofluorocarbonos cfcs u otras sustancias que dañen la capa de ozono en el caso de las embarcaciones no usa sistemas contra incendio a base de clorofluorocarbonos cfcs de acuerdo al protocolo de montreal y al convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar safety of life at sea solas así mismo cumple con lo establecido en el reglamento de la ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en materia de prevención y control de la contaminación de la atmósfera ii.13.4 residuos ii.13.4.1 silm no mezcla basura chatarra residuos peligrosos o cualquier otro residuo indicado en los anexos del contrato ii.13.4.2 al terminar cualquier etapa de un trabajo del contrato silm retira de la zona del trabajo todos sus equipos estructuras provisionales y materiales excedentes que no vaya a utilizar posteriormente en el mismo sitio ii.13.5 suelo ii.13.5.1 silm informa por escrito en los formatos vigentes que emite la autoridad ambiental al Área de sipa a través del supervisor o residente cualquier derrame de materias o residuos peligrosos que realice durante el desempeño de sus trabajos en instalaciones petroleras y mineras o en el trayecto a estas así mismo acata y cumple con su responsabilidad de restaurar las áreas contaminadas a través de las compañías y conforme a la normatividad ambiental vigente sin costo para el cliente ii.13.5.2 silm mantiene en buen estado su maquinaria y equipo así mismo evita fugas de lubricantes o combustibles que puedan afectar el suelo o subsuelo instalando los dispositivos que para este fin se requieran ii.13.5.3 silm no remueve grava o material de arrastre del lecho de los ríos arroyos playas lagos lagunas o cualquier otro cuerpo de agua excepto en las zonas específicamente aprobadas como bancos de materiales por las autoridades gubernamentales ii.13.6 prevención de impactos ambientales pagina 7 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s ii.13.6.1 silm no caza pesca transporta comercializa o posee ejemplares de fauna silvestre terrestre o marina en instalaciones petroleras o mineras su vecindad o en áreas donde se realizan actividades por motivo del contrato ii.13.6.2 silm al encontrar monumentos restos y vestigios arqueológicos históricos y culturales durante sus actividades evitar la destrucción de los mismos interrumpe temporalmente los trabajos por este motivo e informa de inmediato a las autoridades del cliente así mismo evita difundir públicamente dichos hallazgos ii.13.7 auditorias ii.13.7.1 silm otorgar las facilidades e información que le solicite el cliente durante la realización de auditorias ambientales o de seguridad en las instalaciones petroleras o mineras donde desempeñe sus actividades ii.13.7.2 silm otorga las facilidades e información que le solicite el cliente cuando éste ejerza su derecho de verificar el cumplimiento de los requerimientos de este anexo en campo o documentalmente ii.14 seguridad fÍsica ii.14.1 registro e identificación ii.14.1.1 antes de iniciar los trabajos silm registra a su personal con el supervisor o residente quien gestionará el acceso de dicho personal con el área de seguridad física y con el responsable de las instalaciones petroleras o mineras donde desarrollarán sus actividades ii.14.1.2 todos los trabajadores de silm deben llevar consigo una credencial de identificación que los acredite como personal de su compañía durante el desarrollo de los trabajos y por el tiempo de permanencia en las instalaciones petroleras o mineras y presentarla cuando se le solicite ii.14.2 acceso a instalaciones petroleras ii.14.2.1 silm a través de sus representantes debe solicitar la autorización para dar inicio de sus trabajos dentro de las instalaciones petroleras o mineras ii.14.2.2 silm respeta cercas bardas y puertas de acceso de las instalaciones petroleras o mineras y sólo ingresar o sale de las instalaciones del cliente a través de las entradas o salidas que se le indiquen ii.14.2.3 el personal de silm no ingresa a las áreas de trabajo sin el equipo de protección personal que se establece en el presente anexo u otros anexos del contrato ii.14.2.4 el personal de silm no ingresa a las instalaciones petroleras y mineras o áreas de trabajo con aliento alcohólico bajo el efecto de drogas o cualquier enervante ii.14.2.5 el personal de silm no ingresa ni usar armas de fuego o sustancias ilícitas en las instalaciones petroleras o mineras las armas blancas o punzo cortantes sólo pueden ingresarse a las instalaciones cuando está plenamente justificado su utilización en los trabajos motivo del contrato ii.14.2.6 cuando se requiera ingresar medicamentos a las instalaciones petroleras o mineras el personal de silm notifica al personal de vigilancia supervisor o al responsable de la instalación presentando la prescripción médica correspondiente y acata las instrucciones que dicho personal le indique ii.14.2.7 al conducir o transportarse en vehículos automotores dentro de las instalaciones petroleras y mineras el personal de silm usa el cinturón de seguridad correspondiente ii.14.2.8 el personal de silm estaciona sus vehículos en posición de salida en áreas autorizadas evitando obstaculizar las salidas normales y de emergencia hidrantes gabinetes con manguera contra incendio equipo contra incendio y zonas o pasillos de circulación de personal ii.14.2.9 al conducir vehículos dentro de las instalaciones petroleras o mineras el personal de silm circula a velocidades menores de 20 km/hrs o menores a las velocidades máximas indicadas en los señalamientos que se tengan en las diferentes áreas pagina 8 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s ii.14.2.10 al transportar personal en vehículos automotores dentro de las instalaciones petroleras o mineras silm utiliza vehículos adecuados para ese fin asegurándose que dicho personal viaja sentado en asientos destinados para ese efecto y que cuenta con medios para asirse ii.14.2.11.previo a la utilización de maquinaria o equipos que por sus dimensiones pesos o substancias que contenga representen un riesgo para los trabajadores el ambiente o las instalaciones silm solicita al cliente el permiso para operar dentro de las instalaciones petroleras o mineras ii.14.3 el personal de silm debe tramitar los permisos para el uso de teléfonos celulares radios de comunicación y equipos de fotografía o video ii.14.3.1 el personal de silm no debe usar teléfonos celulares dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones petroleras o mineras ni ningún equipo eléctrico o electrónico que no sea intrínsecamente seguro en caso de requerirse deberá tramitar y obtener un permiso para trabajo y seguir las instrucciones que el permiso y su documentación anexa señale ii.14.3.2 silm previo al uso de radios de comunicación dentro de las áreas de riesgo en las instalaciones petroleras y mineras o cualquier equipo que emita frecuencias que alteren los sistemas de seguridad de los procesos debe obtener la autorización del cliente y acatar las recomendaciones que se le den al respecto ii.14.3.3 previo al uso de equipos de fotografía o video el personal de silm debe obtener la autorización del cliente y acatar las recomendaciones que se le den al respecto iii requerimientos especÍficos iii.1 seguridad industrial iii.1.1 silm debe entregar las hojas de seguridad e instrucciones de uso o aplicación de los productos o sustancias químicas que se suministren al cliente así mismo indicar la composición química fecha de caducidad de dichos productos o sustancias y los métodos para ser conservadas manejadas o protegidas para mantener sus propiedades iii.1.2 silm adjunta con la información de la composición química y hoja de seguridad de las sustancias químicas que contengan los equipos que se suministren al cliente iii.1.3 conforme a lo que se establece en los otros anexos del contrato silm designa al personal especialista responsable de seguridad salud ocupacional y protección ambiental que representen a la compañía y que tengan la facultad de tomar decisiones en sus respectivas materias durante la vigencia del contrato y por cada 50 cincuenta trabajadores que tenga trabajando en las instalaciones petroleras o mineras en uno o más frentes de trabajo designar por escrito a cuando menos un supervisor especialista en seguridad y salud ocupacional y otro en protección ambiental en estos casos silm notifica previo al inicio de sus funciones para su evaluación y validación del cliente los cargos y posición de dichos supervisores en el organigrama de su personal que participará en los trabajos o servicios motivo del contrato sus responsabilidades experiencia en esas materias y entregar las evidencias documentales de dicha experiencia iii.1.4 el personal de silm debe cumplir con los requisitos de seguridad para actividades de buceo comercial que establecen la nom-014-stps-2000 exposición laboral a presiones ambientales anormales condiciones de seguridad e higiene y las regulaciones extranjeras osha 1915.6 operaciones de buceo comercial y code of federal regulations cfr 29 sección t o equivalentes cuando se realicen trabajos submarinos por motivo del contrato iii.1.5 silm suministra en las plataformas marinas que le arrienden a pemex un sistema de detección y alarma de gases contaminantes que puedan estar presentes en ellas durante la vigencia del contrato asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma nrf-011-pemex-2002 sistemas automáticos de alarma por detección de fuego y/o atmósferas riesgosas saafar lo cual debe incluirse sin cargo para pemex pagina 9 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s iii.1.6 silm suministra un sistema de detección y alarma de gas sulfhídrico a los equipos de perforación que le arrienden u operen a pemex en instalaciones petroleras terrestres donde se manejen hidrocarburos que contengan ese gas asegurándose que dicho sistema cumpla con la norma nrf-011pemex-2002 sistemas automáticos de alarma por detección de fuego y/o atmósferas riesgosas saafar iii.1.7 cuando se ejecuten actividades que involucren gases o vapores tóxicos o inflamables mezclas explosivas en instalaciones petroleras y mineras o donde exista posibilidad de encontrarlos por la clasificación del área donde se ejecuten los trabajos y puedan generar o representar una fuente de ignición silm cuenta con detectores portátiles de esos gases para cada frente de trabajo y utilizarlos durante el desarrollo de dichas actividades su utilización debe realizarse por probadores de gas autorizados quienes invariablemente deben haber acreditado el curso correspondiente pudiendo ser estos técnicos o profesionistas integrantes de los frentes de trabajo de campo es decir que no se requiere personal adicional por este concepto en todos los casos independientemente de la supervisión y pruebas que ejecute y realice el proveedor o contratista el cliente podrá verificar que estas se ejecuten correctamente y podrá suspender sin responsabilidad para él los trabajos cuando las condiciones de seguridad u operativas así lo exijan iii.1.8 silm debe tener vigente la libreta de mar para todo su personal que labore en embarcaciones o la tarjeta de mar para los que laboren en otras instalaciones petroleras marinas las cuales deben ser avaladas por la dirección general de puertos y marina mercante dependiente de la secretaría de comunicaciones y transporte o por un país diferente a méxico que sea miembro de la organización marítima internacional omi iii.1.9 silm entrega evidencias documentales vigentes que demuestran la competencia laboral del personal técnico que realiza pruebas radiográficas revelado o interpretación de radiografías dentro de instalaciones petroleras de pemex dichas evidencias se entregan en copias simples antes de iniciar los trabajos correspondientes así mismo entregar copias del registro ente la comisión nacional de seguridad nuclear y salvaguardias de los materiales radioactivos equipos empleados y del personal responsable del manejo de los equipos el personal responsable de las pruebas radiográficas debe asegurarse que se cumpla con la norma nom-025/02-nucl-1996 requisitos para equipo de radiografía industrial iii.1.10 silm de acuerdo con las actividades a realizar en las instalaciones petroleras o mineras por motivo del contrato cuenta con las constancias de habilidades laborales que para tal efecto requiere la stps las cuales de manera enunciativa y no limitativa se mencionan a continuación a manejo de montacargas y calderas para los operadores de esos equipos b manejo y almacenamiento de materiales para los responsables de esos trabajos c mantenimiento cuidado y almacenamiento de las herramientas de trabajo para los responsables de esos trabajos d uso conservación mantenimiento y reposición del equipo de protección personal para los responsables de esos trabajos e ejecución o supervisión de los programas de seguridad e higiene para quienes realicen esas actividades f servicios de medicina del trabajo y los servicios preventivos de seguridad e higiene para los responsables de esos servicios g mantenimiento u operación de las instalaciones eléctricas para quienes realicen esas actividades h capacitación y adiestramiento en combate de incendios para quienes tengan esas funciones i manejo de equipos y herramientas para perforación de pozos j manejo de lodos de perforación pagina 10 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s para el caso de trabajos especializados que no estén avalados por la stps tales como soldadura servicios contra incendio maniobras con grúas entre otros contar con las evidencias documentales vigentes que demuestren la competencia laboral del personal técnico conforme a conocer u otro organismo equivalente iii.1.11 cuando se necesiten andamios para los trabajos en alturas cumplir con la nom-009-stps2008 equipo suspendido de acceso instalación operación y mantenimiento condiciones de seguridad y con los procedimientos que el cliente establezca dichos andamios deben ser prefabricados de estructura metálica con la resistencia y estabilidad para soportar las cargas a las que estarán sujetos y de un color contrastante al de la instalación donde se utilice iii.1.12 equipo mÍnimo de protecciÓn personal iii.1.12.1 cuando por motivo del contrato silm realice trabajos en instalaciones petroleras utilizar mientras se permanezca en dichas instalaciones el equipo mínimo de protección personal siguiente iii.1.12.1.1 overol de trabajo de algodón de color contrastante con el mar diferente a los indicados en la tabla no.1 de la nrf-006-pemex-2002 ropa de trabajo para los trabajadores de petróleos mexicanos y organismos subsidiarios que cumpla con las especificaciones técnicas de dicha norma y que cuente con el logotipo del la empresa iii.1.12.1.2 casco de seguridad en color naranja de acuerdo a la norma de referencia de pemex o de no existir esta con la norma oficial mexicana nom-115-stps-1994 cascos de protección especificaciones métodos de prueba y clasificación iii.1.12.1.3 media bota costafuera con suela antiderrapante con casquillo sin agujetas y que cumpla con las especificaciones técnicas de la nrf-008-pemex-2001 calzado industrial de piel para protección de los trabajadores de petróleos mexicanos y organismos subsidiarios iii.1.12.1.4 calzado tipo borceguí costafuera dieléctrico sin agujetas que cumpla con las especificaciones técnicas de la mencionada norma de referencia nrf-008-pemex-2001 cuando se realicen trabajos de electricidad iii.1.12.1.5 lentes de seguridad cuando se realicen actividades que impliquen riesgos de lesiones o daños a los ojos dichos lentes deben cumplir con las especificaciones técnicas de la nrf-007-pemex2000 lentes y gogles de seguridad protección primaria de los ojos cuando el riesgo sea conforme al alcance de dicha norma para otros tipos de riesgo los lentes deben cumplir con las normas de referencia correspondiente y a falta de esta con las normatividad oficial vigente iii.1.12.1.6 guantes acordes a las actividades a realizar que cumplan con las especificaciones técnicas de las normas de referencia del cliente correspondientes o de no existir con la normatividad oficial vigente iii.1.12.1.7 durante la prestación de servicios de alimentación y hospedaje usar ropa de algodón color blanco con logotipo de la compañía gorro y calzado de piel con suela antiderrapante que cumpla con la norma oficial mexicana nom-093-ssa1-1994 bienes y servicios prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos cuando este personal ingrese a zonas industriales debe utilizar el equipo de protección personal indicado en los otros incisos de este anexo iii.1.12.2 silm durante la realización de trabajos usa el equipo mínimo de protección personal para actividades en instalaciones petroleras o mineras que se establece en el inciso iii.1.12.1 del presente anexo así como el equipo propio a las actividades o área de la embarcación en la que se realicen iii.1.12.3 silm cuando por motivo del contrato realiza trabajos en instalaciones petroleras terrestres utiliza mientras permanezca en dichas instalaciones el equipo mínimo de protección personal siguiente pagina 11 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s iii.1.12.3.1 overol de algodón o camisa de manga larga y pantalón tipo recto de algodón de colores diferentes a los indicados en la tabla no 1 de la nrf-006-pemex-2002 ropa de trabajo para los trabajadores de petróleos mexicanos y organismos subsidiarios que cumpla con las especificaciones técnicas de dicha norma y que cuente con el logotipo del proveedor o contratista iii.1.12.3.2 casco de seguridad en color naranja de acuerdo a la norma de referencia de pemex o de no existir esta con la norma oficial mexicana nom-115-stps-1994 cascos de protección especificaciones métodos de prueba y clasificación iii.1.12.3.3 calzado de seguridad adecuado a las actividades que desarrolle con suela antiderrapante y casquillo de protección que cumpla con las especificaciones de la nrf-008-pemex-2001 calzado industrial de piel para protección de los trabajadores de pemex y organismos subsidiarios iii.1.12.3.4 calzado tipo borceguí dieléctrico que cumpla con la mencionada norma de referencia nrf008-pemex-2001 cuando se realicen trabajos de electricidad iii.1.12.3.5 lentes de seguridad cuando se realicen actividades que impliquen riesgos o daños a los ojos dichos lentes deben cumplir con las especificaciones de la nrf-007-pemex-2000 lentes y gogles de seguridad protección primaria para los ojos cuando el riesgo sea conforme al alcance de dicha norma para otros tipos de riesgo los lentes deben cumplir con las normas de referencia correspondiente y a falta de estas con las normatividad oficial vigente iii.1.12.3.6 guantes acordes a las actividades a realizar que cumplan con las especificaciones técnicas de las normas de referencia de pemex correspondientes o de no existir éstas con la normatividad oficial vigente iii.1.12.4 para los trabajadores que laboren en instalaciones petroleras y mineras o en embarcaciones que le presten servicios a éste silm debe tener el equipo de protección personal contra incendio y salvamento de acuerdo a lo requerido en el convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar safety of life at sea-solas los equipos como chalecos y botes o balsas inflables deben ubicarse en los sitios que para tal fin asigne el cliente iii.1.12.5 silm cuando por motivo del contrato realiza trabajos en instalaciones mineras utiliza mientras permanezca en dichas instalaciones el equipo mínimo de protección personal siguiente iii.1.12.5.1 overol de algodón que cumpla con las especificaciones técnicas de las normas de referencia correspondiente y que cuente con el logotipo de la empresa iii.1.12.5.2 casco de seguridad debe se ser de tipo clase e conforme a la norma oficial mexicana nom115-stps-1994 cascos de protección especificaciones métodos de prueba y clasificación iii.1.12.5.3 calzado de seguridad adecuado a las actividades que desarrolle con suela antiderrapante y casquillo de protección que cumpla con las normas de referencia correspondiente y a falta de estas con las normatividad oficial vigente iii.1.12.5.4 lentes de seguridad cuando se realicen actividades que impliquen riesgos o daños a los ojos dichos lentes deben cumplir con las normas de referencia correspondiente y a falta de estas con las normatividad oficial vigente iii.1.12.3.6 guantes acordes a las actividades a realizar que cumplan con las especificaciones técnicas de la normatividad oficial vigente iii.1.13 trabajos con riesgo iii.1.13.1 antes de iniciar trabajos con riesgo potencial en instalaciones petroleras o mineras silm tramita a través del residente o supervisor del cliente el permiso de trabajo correspondiente en los formatos del sistema de permiso para trabajo vigente iii.1.13.2 al tramitar el permiso de trabajo mencionado en el punto anterior silm indica el equipo de protección personal que usará adicionalmente al equipo mínimo de protección personal establecido en el inciso iii.1.12 del presente anexo indicando recomendaciones al respecto dicho equipo adicional depende de las actividades a realizar y pueden ser los que de manera enunciativa pero no limitativa se pagina 12 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s mencionan a continuación ropa retardante a la flama guantes de uso específico para soldar químicos dieléctricos antiderrapantes orejas o tapones auditivos equipo de protección para soldadores peto mangas gorro polainas careta equipo de protección respiratoria mascarilla contra polvos vapores orgánicos o ácidos para humos de soldadura equipo de respiración autónoma o sistema de aire tipo cascada cinturón de seguridad con arnés tipo paracaídas con cable 1.80 mts de vida aditamento de desaceleración y cinturón faja para soporte lumbar bandolas y líneas de sujeción iii.1.13.3 silm antes de ejecutar o supervisar trabajos con riesgo potencial debe contar con los conocimientos específicos y el aval del cliente como signatarios que requiere el sistema de permisos para trabajo vigente en el mismo iii.1.13.4 silm al efectuar trabajos con riesgo potencial en las instalaciones petroleras cumple con los requerimientos indicados en el manual de sistema de permiso para trabajo vigente en pemex el cual debe solicitar impreso o en archivo electrónico a la firma del contrato iii.1.13.5 silm acata la responsabilidad y consecuencias de cualquier accidente que ocasione por no seguir las indicaciones contenidas en el permiso de trabajo con riesgo potencial correspondiente o por no contar con éste iii.1.13.6 silm proporciona el servicio de contra incendio a través de una capacitación que cuenta con el equipo adecuado para ese fin la cual debe estar integrada con los mismos trabajadores que realizan las actividades o trabajos motivo del contrato iii.1.14 dispositivos de seguridad para vehÍculos y equipo de trabajo iii.1.14.1 silm proporciona mata chispas que opera correctamente a sus vehículos que ingresen a áreas de riesgo de una instalación petrolera o mineras durante trabajos con riesgos potenciales en presencia de gases vapores o líquidos inflamables iii.1.14.2 silm proporciona mata chispas a los equipos de combustión interna que se utilizan en áreas de riesgo así como interruptores de paro de emergencia conforme a la nom-004-stps-1999 sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaría y equipo que se utilice en los centros de trabajo iii.1.14.3 en áreas de riesgo silm utiliza únicamente equipos accesorios y conexiones eléctricas a prueba de explosiones conforme a la nom-001-sede-2005 instalaciones eléctricas utilización así mismo dotar de tierra física a esos equipos conforme a la nom-022-stps-2008 electricidad estática en los centros de trabajo-condiciones de seguridad e higiene iii.1.14.4 cuando en las instalaciones petroleras o mineras se utilizan equipos productores de flama tales como equipos de corte y soldadura multiflama así como a los equipos que se establezcan en los anexos del contrato silm se asegura que cuentan con un regulador y válvula check para evitar el contra flujo o con arresta flama en condiciones de operación así mismo cumplir con las especificaciones que establece la nom-027-stps-2008 soldadura y corte-condiciones de seguridad e higiene o la normatividad oficial aplicable vigente iii.1.14.5 silm se asegura que todos los equipos y accesorios rotatorios que se utilizan en las instalaciones petroleras o mineras cuenten con guardas de seguridad conforme a la nom-004-stps1999 sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo iii.1.15 seÑalizaciÓn e identificaciÓn de productos y equipos iii.1.15.1 silm acordona con cintas de polietileno de color amarillo o rojo e identifica con señalamientos las zonas donde se ejecutan trabajos con riesgo potencial para el peatón o los trabajadores iii.1.15.2 durante la construcción rehabilitación o mantenimiento de obras terrestres silm instala un letrero donde se indica el nombre del proyecto que se construye el nombre de la compañía y el titular pagina 13 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s responsable de los trabajos las características del señalamiento deben ser las que se especifican en los otros anexos del contrato iii.1.15.3 silm identifica los productos sustancias químicas o equipos que suministra de manera legible y durable en idioma español además del idioma del país de origen las especificaciones y durabilidad mínima requerida de la identificación serán la que se especifica en los anexos del contrato la identificación debe ser conforme a las nrf de pemex o de no existir estas de acuerdo a las normas nom-018-stps-2000 nom-005-stps-1998 nom-010-stps-1999 iii.1.16 respuestas a emergencias iii.1.16.1 cuando se establece en el anexo b silm entrega al inicio del contrato un plan de respuesta a emergencias en idioma español acorde al del cliente en el cual se consideren todos los escenarios de emergencia conocidos o probables y que contemple procedimientos para evacuación y respuesta ante cualquier eventualidad durante el desarrollo del contrato después de revisarlo por el cliente dicho plan debe firmarlo el representante legal del proveedor o contratista iii.1.16.2 silm elabora los planes de respuesta a emergencia conforme al inciso anterior incluye cuando menos y conforme al nivel de riesgo que implican los trabajos a desarrollar los siguientes requisitos que se listan de forma enunciativa pero no limitativa la estructura organizacional para la respuesta la evaluación del riesgo recursos en riesgos soporte logístico requerimientos de personal para la respuesta almacenamiento de materiales y equipos comunicaciones requisitos de evaluación rescate y ataque contra incendio así como alternativas de recuperación después de la emergencia iii.1.16.3 silm proporciona apoyo a instalaciones petroleras o mineras en situación de emergencia con las embarcaciones que le prestan servicios al cliente cuando se le solicita o se encuentra en las cercanías a dichas instalaciones iii.1.16.4 cuando por aplicación de un plan de emergencia el cliente evacue personal de silm de las instalaciones petroleras marinas a tierra o minerías silm se hace responsable de la integridad de su personal desde su arribo a tierra trasladándolos a un destino seguro en caso de que silm no cumpla con este requerimiento y nuestro cliente tenga que prestar algún servicio por cuenta propia o por terceros con motivo de la seguridad del personal evacuado el cliente recuperará los gastos mediante el descuento correspondiente en la facturación del periodo en que se susciten los hechos en caso de reincidencia en el incumplimiento en este requerimiento adicionalmente al descuento el cliente podrá rescindir el contrato como se establece en el apartado iv de este anexo y en el clausulado del contrato iii.1.17 manuales iii.1.17.1 silm proporciona los manuales de operación instalación mantenimiento y desmantelamiento de los equipos que suministra por motivo del contrato dichos documentos deben presentarse en el idioma del país de origen de los bienes o servicios acompañados de una traducción simple al español iii.2 salud ocupacional iii.2.1 silm proporciona el servicio de sanitarios a sus trabajadores que llevan a cabo actividades en instalaciones petroleras que cumplen con la normatividad en la materia y conforme a lo que establezca en el anexo b1 del contrato iii.2.2 silm al prestar servicios a pemex que incluyen la utilización o suministro de agua para consumo humano y preparación de alimentos cumple con la nom-127-ssa1-1994 salud ambiental agua para uso y consumo humano límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización pagina 14 de 21

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fecha 04 mayo de 2011 revisión 01 services interlab de mÉxico s a de c v anexo seguridad y protección ambiental en silm s iii.2.3 silm proporciona el servicio de sanitarios a sus trabajadores que llevan a cabo actividades en instalaciones mineras que cumplen con la normatividad en la materia y conforme a lo que establezca el contrato iii.2.3 ruido en el ambiente laboral iii.2.3.1 al utilizar maquinaria o equipo de trabajo con emisiones de ruido silm evita que se excedan los límites máximos permisibles especificados en la nom-011-stps-2001 condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido e implementar las medidas que se requieran para asegurar el cumplimiento de dicha norma iii.2.4 atlas de riesgo iii.2.4.1 silm cuenta en el área de trabajo con el atlas de riesgo en idioma español de las instalaciones petroleras o mineras que le arrienden u operen al cliente por motivo del contrato dicho atlas debe considerar como mínimo los agentes físicos ruido iluminación ambiente térmico y vibraciones mecánicas entre otros biológicos calidad del agua de uso y consumo humano calidad de insumos y análisis de alimentos entre otros y químicos gases tóxicos vapores ácidos solventes entre otros dicho atlas de riesgo debe estar disponible y actualizado para su seguimiento durante la vigencia del contrato de arrendamiento u operación iii.2.5 iluminaciÓn iii.2.5.1 cuando se instalen dispositivos de iluminación para realizar los trabajos dentro de instalaciones petroleras o mineras silm cumple con las especificaciones de intensidad características técnicas y conexiones que se establecen en las normas de referencia de pemex que sean aplicables o a falta de estas con las normas oficiales mexicanas nom-025-stps-2008 condiciones de iluminación en los centros de trabajo y nom-001-sede-2005 instalaciones eléctricas utilización iii.2.6 alimentaciÓn hospedaje y control de plagas iii.2.6.1 durante el manejo de alimentos en instalaciones petroleras o mineras silm cumple con la norma oficial mexicana nom-093-ssa1-1994 bienes y servicios prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos y además cuenta con los exámenes de salud del personal que realiza dicho manejo y cuando se le requiera ponerse a disposiciones de personal médico del cliente para que se le realicen los exámenes médico pertinentes iii.2.6.2 en las plataformas habitacionales o campamentos que se le arrienden al cliente silm cumple con la norma nmx-tt-005-1996-imnc requisitos mínimos de calidad en el servicio e instalaciones que deben cumplir hoteles moteles servicios de tiempo compartido y similares para obtener el certificado de calidad turística comercial de una o dos estrellas en lo relativo a la limpieza y cuidado de la habitaciones y servicios pactados iii.2.6.3 cuando se le suministra alimentos a las instalaciones del cliente silm cumple con el procedimiento del plato testigo establecido en la normatividad oficial cumplir con la nom-093-ssa11994 bienes y servicios practicas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos en lo relativo a la inspección organoléptica de los insumos las temperaturas diarias de los frigoríficos las líneas de alimentos fríos y calientes el control de primeras entradas y primeras salidas de materias primas entre otros aspectos silm cumple con la nom-120-ssa1-1994 bienes y servicios prácticas de higiene y sanidad para el proceso de alimentos bebidas no alcohólicas y presentar la evidencia documental del cumplimiento como se cita en dichas normas iii.2.6.4 previo a la utilización de productos químicos para el control de plagas y desratización silm cuenta con la autorización de la secretaría de salud e implementa las medidas de seguridad establecidas en la nom-005-stps-1998 relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas pagina 15 de 21

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